Si en tu comunidad ha surgido la curiosidad sobre si es necesario o no contar con extintores entre las casas o apartamentos, a continuación te vamos a explicar las normativas y toda la información necesaria para evitar malentendidos entre tus vecinos de la urbanización o barrio.

En primer lugar, debes saber que en cualquier caso es importante contar con los equipos necesarios para proteger los lugares de cada comunidad. Al menos en España, también existe una normativa específica que aclara la circunstancia en la que es obligatorio contar con equipo de protección contra incendios. He aquí todo lo que necesitas saber.

Lo primero, la normativa sobre extintores en comunidad de vecinos

Tal y como lo establece la Norma Básica de Edificación (NBE-CPI 96), la instalación de este equipo de seguridad es obligatoria en aquellos edificios que hayan sido construidos o rehabilitados a partir del año 1996. Siendo esto así, aquellos departamentos que cuentan con fecha de construcción o rehabilitación anterior a la mencionada, no tienen la necesidad legal de hacerse con extintores.

También es importante comentar que según el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, estos deben estar «Sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede situada entre 80 cm y 120 cm sobre el suelo. Su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio, que deba ser considerado origen de evacuación, hasta el extintor, no supere 15 m».

Ahora bien, hay que recordar que en el mercado encontramos diferentes tipos de extintores para cada clase de incendio:

  • Clase A: se trata de fuegos con combustibles sólidos como madera, cartón, plástico, entre otros. Para este tipo de incendio es apropiado utilizar extintores de agua (cuidando que no haya conexiones eléctricas para evitar electrocuciones), ya que estos tienen la posibilidad de absorber el calor para reducirlo rápidamente.
  • Clase B: hace referencia a fuegos donde el combustible es líquido, como el aceite, la gasolina o pintura. Al igual que en los incendios de clase A, los extintores de polvo son los más recomendados para incendios de clase B. Estos van de maravilla en oficinas y claro, también en comunidades.
  • Clase C: el combustible son gases como el butano, propano o gas ciudad. Los extintores de CO2 se convierten en los más apropiados para abordar esta clase de incendios, pues muchas veces se lidia con equipos eléctricos o maquinaria pesada. Al tratarse de un compuesto químico, hay que tener mucho cuidado de no intoxicarse en el lugar del siniestro.
  • Clase D: en este tipo de fuegos el combustible es un metal, como por ejemplo el magnesio, el sodio o el aluminio en polvo. En esta última clase entran en juego los extintores para fuegos especiales, los cuales pueden absorber el calor por enfriamiento o por sofocación.

 

En lo que respecta a la ubicación del equipo de prevención de incendios, los sitios más idóneos para instalarlos serían zonas comunes como ascensores, escaleras, cuartos de máquinas, cuartos de contadores, pasillos, entre otros.

Sabiendo todo lo anterior, ya queda aclarada la condición en la que no es obligatorio contar con equipo de extintores. Bien sea por motivos opcionales o por cumplimiento de la ley, no está de más dejar por sentado que es necesario el óptimo mantenimiento y revisión trimestral y anual de los extintores.

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¿Tienes alguna otra duda relacionada con equipos contra incendios?